Es imprescindible que tu programa de Gestión y/o Contabilidad cumpla con el nuevo marco legal (Ley 11/2021)

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Es imprescindible que tu programa de Gestión y/o Contabilidad cumpla con el nuevo marco legal (Ley 11/2021)

RAINI COMPUTER S.A.
Publicado de Raini Computer S.A. en Gestión empresarial · 24 Enero 2022
Tags: Gestiónempresarial
Es imprescindible que tu programa de Gestión y/o Contabilidad cumpla con el nuevo marco legal (Ley 11/2021).

 
La Ley 11/2021 de Medidas y prevención contra el fraude fiscal, entre otras disposiciones, modifica la Ley General Tributaria, que en el artículo 29, apartado 2 la letra J, que indica: «La obligación, por parte de los productores, comercializadores y usuarios, de que los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos contables, de facturación o de gestión de quienes desarrollen actividades económicas, garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos».

Además, el régimen sancionador impone multas de 50.000€ por ejercicio a los usuarios que no cumplan con estas nuevas normas.
  
A partir de la entrada en vigor de las nuevas medidas (11 de octubre de 2021), hay dos nuevas obligaciones muy importantes que se deben cumplir:

  1ª) Los programas informáticos deben guardar un registro sistematizado de los cambios que se produzcan en los datos, es decir: Si por ejemplo modificamos un albarán, debe quedar anotado en el programa como estaba el registro antes, cuándo se modificó, por quién y qué cambios se hicieron. Esto no quiere decir que no podamos modificar o eliminar datos, sino que si lo hacemos tiene que quedar un registro informático de lo que hayamos hecho.
 
Esto es lo que se denomina ‘trazabilidad’ de los datos.

  2ª) Los usuarios deben garantizar además la conservación de los datos.
 
El Servicio de Copias de Seguridad nos permite ayudarte a garantizar la conservación de tus datos. Recuerda que esta es una nueva exigencia de la ley para los usuarios, y debes disponer de algún medio para cumplir esta nueva exigencia.

El 10 de julio de 2021 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal o mejor conocido como la ley antifraude que fue diseñada, como explica el Gobierno, para luchar contra el fraude fiscal.
 
Esta es una ley muy extensa que abarca muchos puntos como las sucesiones, las criptomonedas, pagos en efectivo y los paraísos fiscales, pero nos centraremos en las regulaciones que están introduciendo a los programas de contabilidad y facturación.

¿Por qué se pone en marcha la ley antifraude?
 Para evitar lo que la ley antifraude define como ‘programas y sistemas informáticos que permitan la manipulación de los datos contables y de gestión’, o lo que la prensa denomina como ‘software de doble uso’. Es decir, programas informáticos que permiten a los usuarios llevar una contabilidad B y, en pocas palabras, facturar sin declarar.
 
Esencialmente, de ahora en adelante, a todo aquel que crea o use uno de estos programas se le pondrá una sanción.

Multas por usar un software de doble uso
La ley antifraude presenta dos tipos de multa, una para los creadores de los programas y otra para los usuarios de los mismos. Las empresas que vendan este tipo de software serán castigadas con una multa de 150.000 euros por cada año en el que hayan tenido ventas y a los usuarios se les multará con 50.000 euros por el mismo periodo de actividad.
 
Para evitar ser sancionado, los programas deben garantizar:
 
‘…la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos. Reglamentariamente se podrán establecer especificaciones técnicas que deban reunir dichos sistemas y programas, así como la obligación de que los mismos estén debidamente certificados y utilicen formatos estándar para su legibilidad’.

En resumen, los programas no deberán permitir que los datos introducidos se puedan modificar.
Pero es ahí donde terminan las especificaciones porque hasta el día de la publicación de este artículo, no se han definido los requisitos que se necesitan para adaptarse a la ley. Por lo que nadie puede decir cuáles son los programas que se adaptan a la nueva normativa.
 
La Agencia Tributaria ha puesto a disposición de todos un documento donde responde a las preguntas más frecuentes sobre la ley antifraude, pero aquí tampoco se menciona palabra al respecto.
    
Para poder cumplir con la nueva normativa, el Gobierno debe puntualizar cuáles son los requisitos técnicos que se deberán satisfacer, la forma en que los programas se deberán certificar y qué organismos estarán autorizados.
 
Para cualquier duda, siempre puedes ponerte en contacto con nosotros.
Sin olvidar, que estaremos pendientes de cómo se desarrolla este procedimiento para mantener actualizadas las aplicaciones que distribuimos.



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